Artículos de Metapolítica
Por Eduardo Hernando Nieto
En la llamada práctica política democrática podemos encontrar básicamente dos posibilidades concretas, o bien hablamos de una democracia participativa o proponemos una teoría elitista de la democracia , en el primer caso se piensa que la democracia (léase poder) debe ser expandida y que debe llegar a todo los ámbitos de la vida humana, en cambio la teoría elitista considera que no es bueno que todos participen porque o bien están incapacitados de hacerlo o porque siempre estarán buscando satisfacer sus intereses personales [1].
En este sentido, de acuerdo a la naturaleza del sistema clásico de la democracia representativa inspirada evidentemente en la democracia elitista, ésta se sustentaba en el principio aristocrático como señala Carl Schmitt: “La forma política de la Aristocracia se basa en el pensamiento de la representación. Pero la consecuencia de este principio formal queda debilitada y atenuada, por cuanto no es una única persona sino una pluralidad de personas a quien se representa” [2]
Evidentemente, el propósito de la representación era el de conservar un orden [3] en el cual se mantenía una separación entre Opinión y Conocimiento[4] , precisamente, la visión de la democracia participativa, se caracterizaría por la negación de las separaciones y por consecuencia la abolición de la diferencia entre Opinión y Conocimiento, lo cual desde mi punto de vista resultaría nefasto como veremos inmediatamente.
Como señalába, el Sistema de Representación se elaboró en base a la organización de las separaciones a partir de la propuesta elitista sustentada precisamente en la distinción entre opinión y conocimiento, el sistema representativo debía ser inicialmente una “representación del conocimiento político” empero, El Estado Burgués de Derecho, es decir, el Estado Liberal trato de integrar de alguna manera los principios aristocráticos junto con los principio democráctico participativo, y esto quedo expresado en la configuración del SISTEMA BICAMERAL :
“La fundamentación y formulación del sistema bicameral clásica para el liberalismo burgués del siglo XIX, se encuentra en Benjamín Constant. Concibe la Cámara Alta como una representación especial, e intenta dividir la representación estableciendo diversos objetos de la misma. La cámara de diputados surgida del sufragio es un representante de la tornadiza opinión pública; la Cámara Alta, basada en la herencia, representante de la duración y continuidad. (durée, en contraste con “opinión”) . Al “poder real”, como neutral, al Ejecutivo, como aplicación y al poder judicial ya no les llama “representativos”. Con diversas modalidades se repite el pensamiento de que una Cámara Baja, dominada por opiniones y mayorías cambiantes y basada en el número y cantidad, debe ponérsele al lado una especial representación de la estabilidad y calidad. (...)” [5]
Así pues quedaba claro a pesar de la inclusión del elemento participativo el carácter elitista de la democracia representativa, considerando que a los fundadores de la democracia representativa no les preocupaba que las elecciones pudieran tener como resultado una distribución desigual de cargos, y sobre todo afirmando la superioridad de los representantes respecto a sus votantes [6]. :
“Se creía firmemente que los representantes electos deberían sobresalir respecto de la mayoría de los electores en cuanto a riqueza, talento y virtud. En la época en que se estableció el gobierno representativo el porcentaje de la población que constituía el electorado variado de país en país” [7].
Era indudable entonces que el régimen representativo era altamente racional y que de alguna manera intentaba armonizar las dos perspectivas democráticas destacando siempre esta distinción entre los pocos y los muchos.
Lamentablemente, la democracia liberal contemporánea al estar basada en un fundamento “científico” y no “filosófico” paso por alto estos antecedentes de la democracia liberal clásica, ignorando su origen elitista y sobre todo su distinción entre episteme (conocimiento) y doxa (opinión), al hacer esto, no solamente está traicionando sus orígenes sino que inevitablemente nos lleva a la DEMOCRACIA DE MASAS, es decir, la democracia estrictamente participativa - al menos en teoría - [8] , donde “cualquiera” puede acceder al poder y donde quienes acceden a éste no tienen la menor idea de que hacer con él, pues carecen precisamente de conocimiento político que en otras circunstancias podría orientarlos en este sentido.
Finalmente, la denuncia y crítica radical a esta democracia de masas que impera en el planeta es una cuestión de principios y es algo que debe de hacer cualquiera que quiera tomarse en serio a la política.
[1] Clifford Angell Bates, Jr, Aristotle´s “Best Regime”, kingship, democracy and the rule of law. Baton Rouge, Lousiana State University, 2,003. p.3
De pronto, estas dos “concepciones de democracia” podrían también ser expresados en términos de un principio democrático en un sentido estricto, y de un principio aristocrático como lo señala el teórico político Carl Schmitt, Cfr. Teoría de la Constitución, Madrid: Alianza Universidad, 1992, p.284
[2] Carl Schmitt, Ibid.. También Carl Schmitt, Sobre el Parlamentariismo, Madrid: Tecnos, 1996, p.42.
[3] Sobre el carácter contramayoritario del Sistema Parlamentario se puede ver de Roberto Gargarella, “Crisis de Representación y Constituciones Contramayoritarias” en: Isonomia, Revista de Teoría y Filosofía del Derecho, México: ITAM, 1995. N° 2.
[4] Que es esencial para identificar el conocimiento político. Cfr. Leo Strauss, “¿Qué es Filosofía Política?” En: ¿Qué es Filosofía Política?, Madrid: Guadarrama, 1970. “Todo conocimiento sobre las cosas políticas implica suposiciones relativas a la esencia de lo político, suposiciones que conciernen no sólo a una situación política concreta, sino también a la vida política o a la vida humana como tales. No podemos conocer nada sobre una guerra que tiene lugar en un momento determinado sin poseer alguna noción, por muy ligera y vaga que sea, sobre la guerra como tal y el lugar que ocupa en la vida humana” p.20.
[5] Carl Schmitt, Cfr. Teoría de la Constitución, Madrid: Alianza Universidad, 1992, p.285
[6] Bernard Manin, Los Principios del Gobierno Representativo, Madrid: Alianza, 1998. p.112.
[7] Ibid
[8] Digo en teoría porque sabemos que existe un dominio absoluto de los medios de comunicación en el juego político por lo tanto las agendas políticos se elaboran en los medios y por eso se trataría de una DEMOCRACIA MEDIATICA, quizá, una manifestación contemporánea pero normal al fin y al cabo de la democracia de masas.
No hay comentarios:
Publicar un comentario